Sucesión de explotaciones agrícolas en la Comunidad de Madrid 2026

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior (Comunidad de Madrid) · Castilla y León

Plazo
Cierra en 2 días
Cuánto
Hasta 50.000 €
Tipo
Subvención

Ayuda de la Comunidad de Madrid, cofinanciada con FEADER, para fomentar la sucesión de explotaciones agrarias: el titular que se jubila o cesa cede su explotación a otra persona mediante un proyecto de cooperación. La ayuda es una cantidad a tanto alzado equivalente al 50 % de la diferencia entre la media de ingresos agrarios de los tres últimos ejercicios y la pensión de jubilación, multiplicada por cinco, con un máximo de 50.000 € por beneficiario, pagada en dos plazos del 50 %. Se concede por concurrencia competitiva con criterios de selección (mínimo 20 puntos) y un presupuesto de 200.000 € (100.000 € en 2027 y 100.000 € en 2028). El plazo de solicitudes es de un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto (6 de octubre a 5 de noviembre de 2026).

Quién puede pedirla

Va dirigida sobre todo a otros solicitantes: Personas físicas titulares de una explotación agraria en la Comunidad de Madrid que se jubilan o cesan en la actividad y la ceden a otra persona física o jurídica; el cesionario puede ser empresa, pero no es el beneficiario de la ayuda

Personas físicas jefes de explotación, propietarias en todo o en parte de ella, que estén jubiladas o cumplan los requisitos para jubilarse (o tengan incapacidad laboral permanente) y cedan su explotación agraria a otra persona física o jurídica mediante un proyecto de cooperación

«Podrán ser beneficiarios las personas físicas, que sean jefes de explotación, que sean propietarios en su totalidad o en parte de ella»

Texto en castellano de la convocatoria · Texto Convocatoria BDNS Orden 3274/202… · pág. 6

Sectores: agricultura, ganadería y forestal.

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

Cuánto da

Cantidad a tanto alzado: 0,5 × (media de ingresos agrarios de los tres últimos ejercicios − pensión anual de jubilación) × 5, con un máximo de 50.000 € por beneficiario; se abona en dos pagos del 50 %

«La ayuda máxima será de 50.000 euros por beneficiario.»

Texto en castellano de la convocatoria · Texto Convocatoria BDNS Orden 3274/202… · pág. 10
Presupuesto total
200.000 €
Cómo se concede
En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
Minimis
No se acoge a minimis
Compatibilidad
Incompatible con cualquier otra ayuda para el mismo objeto y finalidad concedida por la Comunidad de Madrid u otras administraciones u organismos, y en general con cualquier ayuda con fondos de la Unión Europea; durante el período de compromiso el beneficiario no puede optar a ayudas vinculadas a la actividad agraria financiadas con recursos públicos

Qué financia

  • La transmisión de la explotación agraria del cedente al cesionario mediante venta o arrendamiento
  • La ejecución del proyecto de cooperación de sucesión de la explotación
  • Compensar al agricultor que cesa en la actividad y cede su explotación

Plazo

Un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOCM (publicado el 5 de octubre de 2026): del 6 de octubre al 5 de noviembre de 2026

«El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.»

Extracto (BOCM. B.O. DE LA COMUNIDAD DE MADRID): EXTRACTO de la Orden 3274/2026 …

Cómo se pide

Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid, a través de sede.comunidad.madrid, con certificado electrónico y alta en el Sistema de Notificaciones Electrónicas

  • NIF/NIE del cedente (se puede obtener de oficio con autorización)
  • Informe de acreditación de actividad agraria por cuenta propia de la TGSS del cedente
  • Certificado de prestaciones individual de la Seguridad Social con el importe de la pensión de jubilación, en su caso
  • Informe de simulación de jubilación de la TGSS, si aún no está jubilado
  • Certificación de cumplir los plazos de pago de la Ley 3/2004, si la subvención supera 30.000 €
  • Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003
  • Declaración responsable sobre solicitudes y ayudas de sucesión o cese anticipado recibidas
  • NIF/NIE del cesionario y su informe de acreditación de actividad agraria o compromiso de ejercerla (Anexo III)
  • Declaración responsable de cedente y cesionario de no ser familiares de primer grado (Anexo VI)
  • Proyecto de cooperación firmado por cedente y cesionario (Anexo II)

Qué obliga a hacer

  • El cedente debe cesar en la actividad agraria y darse de baja en los registros
  • El cedente debe transferir los derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad al cesionario
  • Si el cedente no es propietario de toda la explotación, debe resolver los contratos de la actividad productiva o aportar el compromiso de arrendamiento de los propietarios al cesionario
  • El cedente no puede figurar como titular de explotación agraria ni solicitar ayudas agrarias durante al menos cinco años desde el pago final
  • El cesionario debe mantenerse al menos cinco años en el RETA, SETA o régimen equivalente por su actividad agraria
  • El cesionario debe mantener la explotación y la actividad agraria al menos cinco años, figurando a su nombre en el Registro de Explotaciones Agrarias de la Comunidad de Madrid
  • El cesionario debe subrogarse en los derechos y obligaciones de las ayudas del cedente, si no las resuelve
  • Mantener los arrendamientos de la explotación al menos diez años, si la cesión fue por arrendamiento
  • Justificar la ejecución del proyecto en los 24 meses siguientes a la notificación de la concesión y solicitar el pago inicial en los seis meses siguientes
  • Hacer constar en las actividades de información y publicidad la participación de la Comunidad de Madrid, la Administración General del Estado y el FEADER

Documentos oficiales

Guías para prepararla

Más ayudas abiertas en Castilla y León

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.