Sucesión de explotaciones agrícolas en la Comunidad de Madrid 2026
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior (Comunidad de Madrid) · Castilla y León
- Plazo
- Cierra en 2 días
- Cuánto
- Hasta 50.000 €
- Tipo
- Subvención
Ayuda de la Comunidad de Madrid, cofinanciada con FEADER, para fomentar la sucesión de explotaciones agrarias: el titular que se jubila o cesa cede su explotación a otra persona mediante un proyecto de cooperación. La ayuda es una cantidad a tanto alzado equivalente al 50 % de la diferencia entre la media de ingresos agrarios de los tres últimos ejercicios y la pensión de jubilación, multiplicada por cinco, con un máximo de 50.000 € por beneficiario, pagada en dos plazos del 50 %. Se concede por concurrencia competitiva con criterios de selección (mínimo 20 puntos) y un presupuesto de 200.000 € (100.000 € en 2027 y 100.000 € en 2028). El plazo de solicitudes es de un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto (6 de octubre a 5 de noviembre de 2026).
Quién puede pedirla
Va dirigida sobre todo a otros solicitantes: Personas físicas titulares de una explotación agraria en la Comunidad de Madrid que se jubilan o cesan en la actividad y la ceden a otra persona física o jurídica; el cesionario puede ser empresa, pero no es el beneficiario de la ayuda
Personas físicas jefes de explotación, propietarias en todo o en parte de ella, que estén jubiladas o cumplan los requisitos para jubilarse (o tengan incapacidad laboral permanente) y cedan su explotación agraria a otra persona física o jurídica mediante un proyecto de cooperación
«Podrán ser beneficiarios las personas físicas, que sean jefes de explotación, que sean propietarios en su totalidad o en parte de ella»
Texto en castellano de la convocatoria · Texto Convocatoria BDNS Orden 3274/202… · pág. 6
Sectores: agricultura, ganadería y forestal.
Requisitos
De la empresa
Ser persona física titular de la explotación (no persona jurídica)
«Podrán ser beneficiarios las personas físicas, que sean jefes de explotación»
Texto en castellano de la convocatoria · Texto Convocatoria BDNS Orden 3274/202… · pág. 6Ser menor de 70 años en el año natural de la convocatoria
«Ser persona física menor de 70 años en el año natural de la convocatoria de las ayudas.»
Texto en castellano de la convocatoria · Texto Convocatoria BDNS Orden 3274/202… · pág. 7Tener la explotación agraria situada en la Comunidad de Madrid
«titular de una explotación agraria situada en la Comunidad de Madrid y que ejerza una actividad agraria»
Texto en castellano de la convocatoria · Texto Convocatoria BDNS Orden 3274/202… · pág. 4Ser agricultor activo a fecha de fin del plazo de solicitudes
«Ser agricultor activo a fecha de finalización de plazo de la presentación de solicitudes.»
Texto en castellano de la convocatoria · Texto Convocatoria BDNS Orden 3274/202… · pág. 7Haber estado de alta como titular de la explotación en el REA o en el REGA de la Comunidad de Madrid durante los cinco años anteriores al fin del plazo
«Haber estado dado de alta como titular de la explotación agraria en el Registro de Explotaciones Agrarias (REA) o en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) de la Comunidad de Madrid.»
Texto en castellano de la convocatoria · Texto Convocatoria BDNS Orden 3274/202… · pág. 7Haber estado de alta en la Seguridad Social en el epígrafe de actividad agraria durante los cinco años anteriores al fin del plazo
«Haber estado dado de alta en la Seguridad Social en el epígrafe correspondiente a una actividad agraria.»
Texto en castellano de la convocatoria · Texto Convocatoria BDNS Orden 3274/202… · pág. 7Ser beneficiario de una pensión de jubilación, estar en situación de jubilarse en un máximo de seis meses desde la notificación de la concesión o tener reconocida una incapacidad laboral permanente
«Ser beneficiario de una pensión de jubilación de la Seguridad Social o estar en situación de jubilarse en un plazo máximo de seis meses»
Texto en castellano de la convocatoria · Texto Convocatoria BDNS Orden 3274/202… · pág. 7Estar al corriente con la Seguridad Social y con Hacienda y no tener deudas en período ejecutivo con la Comunidad de Madrid ni con los fondos FEAGA-FEADER
«Los beneficiarios de las ayudas deberán estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid»
Texto en castellano de la convocatoria · Texto Convocatoria BDNS Orden 3274/202… · pág. 7No estar incurso en las prohibiciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003
«No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003»
Texto en castellano de la convocatoria · Texto Convocatoria BDNS Orden 3274/202… · pág. 7Cumplir los plazos de pago de la Ley 3/2004 (exigible cuando la subvención supera 30.000 €)
«beneficiario cuando incumplan los plazos de pago previstos en la citada ley, de acuerdo al artículo 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.»
Texto en castellano de la convocatoria · Texto Convocatoria BDNS Orden 3274/202… · pág. 8No haber sido beneficiario de una ayuda de sucesión de explotaciones o de cese anticipado en ninguna convocatoria anterior, de cualquier organismo público
«No constar como beneficiario de ayuda de sucesión de explotaciones o cese anticipado en ninguna convocatoria anterior»
Texto en castellano de la convocatoria · Texto Convocatoria BDNS Orden 3274/202… · pág. 8
Del proyecto o el gasto
La explotación debe tener una dimensión mínima de 1 UTA, de la que al menos 0,25 UTA esté en régimen de propiedad
«Tener una dimensión mínima de 1 UTA de la que, al menos, 0,25 UTAs deben ser en régimen de propiedad»
Texto en castellano de la convocatoria · Texto Convocatoria BDNS Orden 3274/202… · pág. 8Presentar un proyecto de cooperación suscrito por cedente y cesionario con el contenido mínimo del artículo 11, en el que el cesionario no sea familiar de primer grado del cedente ni una persona jurídica con un socio que lo sea
«con un cesionario que no podrá ser familiar de primer grado del cedente ni tratarse de una persona jurídica con algún socio que sea familiar de primer grado del cedente»
Texto en castellano de la convocatoria · Texto Convocatoria BDNS Orden 3274/202… · pág. 7Si el cesionario es persona física (o todos los socios, si es persona jurídica), debe tener entre 18 y 50 años en el año de la convocatoria
«Ser mayor de 18 años y no cumplir más de 50 años en el año natural de la convocatoria de las ayudas.»
Texto en castellano de la convocatoria · Texto Convocatoria BDNS Orden 3274/202… · pág. 8La cesión de la explotación no puede ser anterior al día siguiente de la presentación de la solicitud
«La cesión de la explotación podrá realizarse a partir del día siguiente a la de presentación de la solicitud de ayuda, no admitiéndose cesiones anteriores a dicha fecha.»
Texto en castellano de la convocatoria · Texto Convocatoria BDNS Orden 3274/202… · pág. 9El proyecto de cooperación debe ejecutarse en un máximo de 24 meses desde la notificación de la concesión
«El plazo para la realización del proyecto de cooperación no superará los veinticuatro meses desde la fecha de notificación de la concesión de la ayuda»
Texto en castellano de la convocatoria · Texto Convocatoria BDNS Orden 3274/202… · pág. 9
Cuánto da
Cantidad a tanto alzado: 0,5 × (media de ingresos agrarios de los tres últimos ejercicios − pensión anual de jubilación) × 5, con un máximo de 50.000 € por beneficiario; se abona en dos pagos del 50 %
«La ayuda máxima será de 50.000 euros por beneficiario.»
Texto en castellano de la convocatoria · Texto Convocatoria BDNS Orden 3274/202… · pág. 10
- Presupuesto total
- 200.000 €
- Cómo se concede
- En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
- Minimis
- No se acoge a minimis
- Compatibilidad
- Incompatible con cualquier otra ayuda para el mismo objeto y finalidad concedida por la Comunidad de Madrid u otras administraciones u organismos, y en general con cualquier ayuda con fondos de la Unión Europea; durante el período de compromiso el beneficiario no puede optar a ayudas vinculadas a la actividad agraria financiadas con recursos públicos
Qué financia
- La transmisión de la explotación agraria del cedente al cesionario mediante venta o arrendamiento
- La ejecución del proyecto de cooperación de sucesión de la explotación
- Compensar al agricultor que cesa en la actividad y cede su explotación
Plazo
Un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOCM (publicado el 5 de octubre de 2026): del 6 de octubre al 5 de noviembre de 2026
«El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.»
Extracto (BOCM. B.O. DE LA COMUNIDAD DE MADRID): EXTRACTO de la Orden 3274/2026 …
Cómo se pide
Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid, a través de sede.comunidad.madrid, con certificado electrónico y alta en el Sistema de Notificaciones Electrónicas
- NIF/NIE del cedente (se puede obtener de oficio con autorización)
- Informe de acreditación de actividad agraria por cuenta propia de la TGSS del cedente
- Certificado de prestaciones individual de la Seguridad Social con el importe de la pensión de jubilación, en su caso
- Informe de simulación de jubilación de la TGSS, si aún no está jubilado
- Certificación de cumplir los plazos de pago de la Ley 3/2004, si la subvención supera 30.000 €
- Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003
- Declaración responsable sobre solicitudes y ayudas de sucesión o cese anticipado recibidas
- NIF/NIE del cesionario y su informe de acreditación de actividad agraria o compromiso de ejercerla (Anexo III)
- Declaración responsable de cedente y cesionario de no ser familiares de primer grado (Anexo VI)
- Proyecto de cooperación firmado por cedente y cesionario (Anexo II)
Qué obliga a hacer
- El cedente debe cesar en la actividad agraria y darse de baja en los registros
- El cedente debe transferir los derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad al cesionario
- Si el cedente no es propietario de toda la explotación, debe resolver los contratos de la actividad productiva o aportar el compromiso de arrendamiento de los propietarios al cesionario
- El cedente no puede figurar como titular de explotación agraria ni solicitar ayudas agrarias durante al menos cinco años desde el pago final
- El cesionario debe mantenerse al menos cinco años en el RETA, SETA o régimen equivalente por su actividad agraria
- El cesionario debe mantener la explotación y la actividad agraria al menos cinco años, figurando a su nombre en el Registro de Explotaciones Agrarias de la Comunidad de Madrid
- El cesionario debe subrogarse en los derechos y obligaciones de las ayudas del cedente, si no las resuelve
- Mantener los arrendamientos de la explotación al menos diez años, si la cesión fue por arrendamiento
- Justificar la ejecución del proyecto en los 24 meses siguientes a la notificación de la concesión y solicitar el pago inicial en los seis meses siguientes
- Hacer constar en las actividades de información y publicidad la participación de la Comunidad de Madrid, la Administración General del Estado y el FEADER
Documentos oficiales
- Extracto (BOCM. B.O. DE LA COMUNIDAD DE MADRID): EXTRACTO de la Orden 3274/2026 de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 de la ayuda de cooperación para la sucesión de explotaciones agrícolas, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por la Administración General del Estado y por la Comunidad de Madrid.
- Anexos Anexo VI · Anexos Anexo VI.pdf
- Anexos Anexo V · Anexos Anexo V.pdf
- Anexos Anexo IV · Anexos Anexo IV.pdf
- Anexos Solicitud de pago final · Anexos Solicitud de pago final.pdf
- Anexos Anexo III · Anexos Anexo III.pdf
- Otros documentos Extracto de la convocatoria · Otros documentos Extracto de la convocatoria.pdf
- Anexos Anexo I · Anexos Anexo I.pdf
- Anexos Anexo II · Anexos Anexo II.pdf
- Anexos Solicitud de pago inicial · Anexos Solicitud de pago inicial.pdf
- Modelo de Solicitud · Modelo de Solicitud.pdf
- Texto en castellano de la convocatoria · Texto Convocatoria BDNS Orden 3274/2026 conv-2026 anonimizada.pdf
- Bases reguladoras: ORDEN 4384/2025, DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS DE COOPERACIÓN PARA LA SUCESIÓN DE EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS
- Convocatoria 931649 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
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