Cuotas a la Seguridad Social de empresas con ERTE por los incendios de Castilla y León 2026

Consejería de Industria, Universidades, Empleo y Comercio (Junta de Castilla y León) · Castilla y León

Plazo
Cierra en 3 días
Cuánto
Hasta 5.000 €
Tipo
Subvención

Subvención de concesión directa que cubre las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, no exoneradas, de empresas con trabajadores afectados por un ERTE de suspensión o reducción de jornada derivado de los incendios forestales del verano de 2026 en Castilla y León. Se subvencionan las cuotas devengadas entre el 11 de julio y el 31 de octubre de 2026, hasta 5.000 € por beneficiario. Se concede por orden de entrada de solicitudes completas, con un crédito de 100.000 € ampliable. Plazo: del 16 de septiembre al 6 de noviembre de 2026.

Quién puede pedirla

Empresas privadas, trabajadores por cuenta propia, personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica con ánimo de lucro que cuenten con trabajadores afectados por un ERTE de suspensión temporal de la relación laboral o de reducción temporal de jornada, con acuerdo con los representantes de los trabajadores, en centros de trabajo de Castilla y León

«Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las empresas privadas, entendidas como tales, trabajadores por cuenta propia, personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica con ánimo de lucro»

Documento de la convocatoria en español · 2. ORDEN CONVOCATORIA MANTENIM incendi… · pág. 4

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

Cuánto da

Importe de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes no exoneradas del periodo subvencionable, hasta un máximo de 5.000 € por beneficiario

«hasta un máximo de 5.000 euros por beneficiario.»

Documento de la convocatoria en español · 2. ORDEN CONVOCATORIA MANTENIM incendi… · pág. 6
Presupuesto total
100.000 €
Cómo se concede
Por orden de llegada, hasta agotar el presupuesto
Minimis
Sí: como mucho 300.000 € en ayudas de minimis en tres años
Compatibilidad
Compatible con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso percibido para la misma finalidad, respetando el límite de minimis de 300.000 € en tres años (750.000 € si presta servicios de interés económico general)

Qué financia

  • Cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, liquidadas y pagadas y no exoneradas, de los centros de trabajo con trabajadores afectados por el ERTE
  • Cuotas correspondientes a esos trabajadores afectados por el ERTE de suspensión o reducción de jornada

Gastos que cubre

  • Cuotas empresariales por contingencias comunes no exoneradas, devengadas entre el 11 de julio y el 31 de octubre de 2026
  • Cuotas de centros de trabajo ubicados en municipios y localidades de Castilla y León afectados por los incendios
  • Cuotas de trabajadores afectados por el ERTE de suspensión o reducción de jornada

Plazo

Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOCYL hasta el 6 de noviembre de 2026

«El plazo de presentación de solicitudes será desde el primer día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León hasta el 6 de noviembre de 2026.»

Extracto (BOCYL. B.O. DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN): EXTRACTO de la Orden de 8…

Cómo se pide

Sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), exclusivamente telemática, con el modelo normalizado; también accesible desde el Portal Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales (https://trabajoyprevencion.jcyl.es)

  • Solicitud en el modelo normalizado, con las declaraciones responsables que se firman con ella (art. 13 LGS, requisitos, veracidad, otras ayudas, minimis de los últimos tres años, integración laboral de personas con discapacidad, igualdad, publicidad y Acuerdo 82/2020)
  • Acreditación de la identidad del solicitante y, en su caso, del representante y poder
  • Recibos de liquidación de cotización y justificantes de pago de las cuotas empresariales por contingencias comunes no exoneradas, por cada centro de trabajo
  • Informe de la TGSS sobre plantilla media de trabajadores en alta del mes natural anterior al inicio de la suspensión o reducción de jornada
  • Acreditación del cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, de la exención o de la no sujeción (certificados de discapacidad o resoluciones de exención)
  • Plan de igualdad registrado (boletín o diario oficial, documento firmado por la comisión negociadora o acuerdo de inicio), si está obligada
  • Certificados de estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social, si no se autoriza la consulta
  • Declaración responsable del porcentaje de participación de cada miembro, si es entidad sin personalidad jurídica

Qué obliga a hacer

  • Mantener el empleo: acreditar, doce meses después del inicio de la suspensión o reducción de jornada, una plantilla media en el centro de trabajo igual o superior al 65 % de la plantilla media del mes natural anterior al inicio del ERTE
  • Justificar la plantilla media del centro de trabajo del mismo mes natural del año siguiente y de los meses anterior y posterior, hallando la media de los tres meses
  • Dar publicidad del carácter público de la financiación con un cartel en el centro de trabajo y remitir fotografía a la Dirección General de Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales en 15 días hábiles desde la notificación de la concesión
  • Comunicar al órgano instructor la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma actuación
  • Facilitar cuanta información sea requerida por los órganos de tramitación o control
  • Acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social antes de la propuesta de pago
  • Cumplir el apartado vigesimoprimero del Acuerdo 82/2020 sobre responsabilidad social en el gasto público

Documentos oficiales

Guías para prepararla

Más ayudas abiertas en Castilla y León

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.