Ayudas de emergencia a pymes afectadas por los incendios de la Sierra Oeste de Madrid 2026

Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (Comunidad de Madrid) · Castilla y León

Plazo
Cierra en 7 días
Cuánto
Hasta 15.000 €
Tipo
Subvención

Ayuda directa de emergencia de 10.000 € por beneficiario (hasta 15.000 € si la empresa no ha podido reanudar la actividad por daños graves en el establecimiento) para pymes con actividad económica en los municipios de la Sierra Oeste de Madrid afectados por los incendios forestales de 2026. Se concede por orden riguroso de entrada de las solicitudes hasta agotar los 6.000.000 € disponibles, sin concurrencia competitiva. Requiere haber iniciado la actividad antes del 23 de julio de 2026 y haber sufrido daños al menos equivalentes a la ayuda solicitada. El plazo termina el 10 de noviembre de 2026.

Quién puede pedirla

Pequeñas y medianas empresas constituidas como personas jurídicas que ocupen a menos de 250 trabajadores y desarrollen su actividad en alguno de los municipios afectados; también comunidades de bienes y otras entidades sin personalidad jurídica que desarrollen una actividad económica y resulten afectadas

«Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en estas normas reguladoras las pequeñas y medianas empresas, constituidas como personas jurídicas, que cumplan los siguientes requisitos»

Bases reguladoras: BR AYUDAS DE EMERGENCIA PYMES INCENDIOS SIERRA OESTE (PDF enl… · pág. 4

Requisitos

De la empresa

Del proyecto o el gasto

Cuánto da

Pago único de 10.000 € por beneficiario, que puede elevarse hasta 15.000 € si la empresa no ha podido reanudar su actividad a fecha de la solicitud por daños graves en el establecimiento. Una sola ayuda por solicitante, con independencia del número de establecimientos afectados

«La ayuda consistirá en un único pago de 10.000 euros por beneficiario, pudiendo elevarse hasta 15.000 euros en caso de que la empresa no haya podido reanudar su actividad económica a fecha de la presentación de la solicitud de la ayuda»

Bases reguladoras: BR AYUDAS DE EMERGENCIA PYMES INCENDIOS SIERRA OESTE (PDF enl… · pág. 6
Presupuesto total
6.000.000 €
Cómo se concede
Por orden de llegada, hasta agotar el presupuesto
Minimis
Sí: como mucho 300.000 € en ayudas de minimis en tres años
Compatibilidad
Compatibles con otras subvenciones de cualquier administración o entidad, siempre que el importe total no supere los daños o perjuicios ocasionados; no son compatibles con las ayudas que conceda la Comunidad de Madrid específicamente por sector de actividad para los mismos fines de recuperación tras los incendios

Qué financia

  • Necesidades de liquidez, continuidad o reactivación de la actividad económica de la pyme afectada
  • Apoyo a la recuperación de la normalidad económica y a la preservación del empleo en el territorio afectado

Plazo

Dos meses contados a partir del día hábil siguiente a la publicación del extracto de la Orden en el BOCM (publicado el 9 de septiembre de 2026)

«El plazo de presentación de las solicitudes será de dos meses contados a partir del día hábil siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.»

Extracto (BOCM. B.O. DE LA COMUNIDAD DE MADRID): EXTRACTO de la Orden, de 2 de s…

Cómo se pide

Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid, a través de sede.comunidad.madrid; es imprescindible estar dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas (NOTE) y disponer de certificado electrónico

  • Formulario de solicitud cumplimentado y firmado electrónicamente
  • DNI/NIE del solicitante y, en su caso, del representante y poder de representación (personas jurídicas)
  • Documentación acreditativa de los daños graves si se solicitan 15.000 € (informe pericial, acta o certificado de administración pública o servicio de emergencias, parte de siniestro)
  • Certificado de situación en el Censo de Actividades Económicas de la AEAT
  • Informe de Trabajadores en Alta (ITA) o certificado de la TGSS de ausencia de empleados
  • Impuesto de Sociedades del último ejercicio liquidado (y de la sociedad vinculada al 25 % o más, si procede)
  • Certificado de estar al corriente con la Hacienda del Estado y con la Seguridad Social (o autorización para su consulta)
  • Declaraciones responsables: localización de la actividad y daños, cumplimiento del artículo 13 de la Ley 38/2003, ayudas solicitadas con la misma finalidad, minimis, condición de pyme y plan de prevención de riesgos laborales
  • Comunidades de bienes: consentimiento de todos los comuneros y documentación individualizada de cada uno

Qué obliga a hacer

  • Cumplir las obligaciones del artículo 14 de la Ley 38/2003 y del artículo 8 de la Ley 2/1995
  • Comunicar inmediatamente cualquier variación o extinción de las condiciones que dieron lugar a la concesión
  • Someterse a las actuaciones de comprobación, control e inspección de la Administración concedente, Intervención General, Cámara de Cuentas y Tribunal de Cuentas
  • Comunicar la obtención de otras ayudas, ingresos, indemnizaciones o recursos que financien la misma finalidad
  • Darse de alta en la Base de Datos de Terceros de la Comunidad de Madrid antes de presentar la solicitud y mantener los datos actualizados
  • Aceptar la publicación de la relación de beneficiarios y del importe concedido

Documentos oficiales

Guías para prepararla

Más ayudas abiertas en Castilla y León

Resumen hecho a partir de las bases y el extracto oficiales el 3 de noviembre de 2026. Antes de presentar la solicitud, comprueba los datos en la convocatoria. Origen de los datos: Intervención General de la Administración del Estado (BDNS). Cómo hacemos las fichas.