Promoción y comunicación de vinos de Castilla y León en terceros países 2027
Consejería de Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Política Ambiental (Junta de Castilla y León) · Castilla y León
- Plazo
- Hasta el 9 de diciembre de 2026
- Cuánto
- Subvención
- Tipo
- Subvención
Subvención con cargo al FEAGA para programas de promoción y comunicación de vinos con DOP, IGP o con indicación de variedad en países no comunitarios. Se dirige a empresas vinícolas y otras entidades del sector con domicilio fiscal en Castilla y León, que ejecutan el programa entre el 1 de marzo y el 31 de diciembre de 2027 y lo pagan antes del 14 de febrero de 2028. La ayuda es un porcentaje de los gastos subvencionables que se fija en Conferencia Sectorial, con el límite del 5 % del presupuesto de la intervención para las empresas vinícolas. Se concede en concurrencia competitiva (mínimo 25 puntos) y el plazo acaba el 9 de diciembre de 2026 a las 14:00.
Quién puede pedirla
Empresas vinícolas constituidas antes de la solicitud y con domicilio fiscal en Castilla y León; organizaciones de productores vitivinícolas y sus asociaciones, organizaciones interprofesionales, organizaciones profesionales del vino, órganos de gestión de DOP e IGP, asociaciones de productores, cooperativas, entidades asociativas sin ánimo de lucro del sector y organismos públicos de promoción
«Empresas vinícolas definidas, según el artículo 2.13 de las bases reguladoras»
Documento de la convocatoria en español · Orden promovino ISV FEAGA 2028 (firma)… · pág. 5
Sectores: industria agroalimentaria.
Requisitos
De la empresa
Tener el domicilio fiscal en Castilla y León (también si se solicita como agrupación o UTE)
«Los beneficiarios deberán tener su domicilio fiscal en Castilla y León.»
Documento de la convocatoria en español · Orden promovino ISV FEAGA 2028 (firma)… · pág. 6Ser una de las entidades que pueden solicitar la ayuda (empresa vinícola, organización de productores, interprofesional, organización profesional del vino, órgano de gestión de DOP/IGP, asociación de productores, cooperativa, entidad asociativa sin ánimo de lucro del sector u organismo público de promoción)
«Podrán presentar solicitudes para acogerse a la financiación de las medidas de promoción y comunicación en terceros países:»
Documento de la convocatoria en español · Orden promovino ISV FEAGA 2028 (firma)… · pág. 5Si se solicita como empresa vinícola, cumplir la definición del artículo 2.13 de las bases (más del 50 % de la facturación del último ejercicio de productos del anexo XXI o producción superior a 500 hl)
«aquella empresa privada en la que, de acuerdo con su último ejercicio fiscal cerrado, más del 50 % de su facturación provenga de productos del anexo XXI o cuya producción supere los 500 hl de esos productos»
Bases reguladoras: Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula… · pág. 12Estar constituida con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud
«constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.»
Documento de la convocatoria en español · Orden promovino ISV FEAGA 2028 (firma)… · pág. 5Estar al corriente en las obligaciones tributarias (incluidas las de la Comunidad de Castilla y León) y frente a la Seguridad Social
«Los beneficiarios deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, incluidas las de la Comunidad de Castilla y León, y frente a la Seguridad Social.»
Documento de la convocatoria en español · Orden promovino ISV FEAGA 2028 (firma)… · pág. 6No incurrir en las prohibiciones de los apartados 2, 3 y 3 bis del artículo 13 de la Ley 38/2003 (incluye concurso, insolvencia e inhabilitación)
«No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellos solicitantes en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2, 3 y 3 bis del artículo 13 de la Ley 38/2003»
Documento de la convocatoria en español · Orden promovino ISV FEAGA 2028 (firma)… · pág. 6No ser empresa en crisis según las Directrices sobre ayudas de salvamento y reestructuración
«Situación de crisis, según se define en las Directrices sobre ayudas estatales de salvamento y de reestructuración de empresas no financieras en crisis»
Documento de la convocatoria en español · Orden promovino ISV FEAGA 2028 (firma)… · pág. 6Acreditar, si la ayuda supera 30.000 € y es persona física o jurídica con ánimo de lucro sujeta a la Ley 3/2004, que paga a proveedores en plazo (al menos el 90 % de las facturas)
«deberán acreditar en los términos dispuestos en este apartado que alcanzan el nivel de cumplimiento de los plazos de pago previstos en la citada Ley 3/2004»
Documento de la convocatoria en español · Orden promovino ISV FEAGA 2028 (firma)… · pág. 7Disponer de capacidad técnica para el comercio con terceros países y de recursos financieros y de personal suficientes para ejecutar el programa
«que tienen acceso a la suficiente capacidad técnica para afrontar las exigencias de comercio con los terceros países, y que cuentan con los recursos financieros y de personal suficientes»
Documento de la convocatoria en español · Orden promovino ISV FEAGA 2028 (firma)… · pág. 6
Del proyecto o el gasto
Presentar un programa de promoción coherente dirigido a uno o varios países no pertenecientes a la Unión Europea, con acciones, vinos y costes definidos
«deberán desarrollar un programa de promoción y comunicación, entendiéndose como tal el conjunto de acciones de promoción coherentes que se desarrollen en uno o varios terceros países»
Documento de la convocatoria en español · Orden promovino ISV FEAGA 2028 (firma)… · pág. 6Ejecutar la sub-acción entre el 1 de marzo de 2027 y el 31 de diciembre de 2027 y pagarla antes del 14 de febrero de 2028
«El gasto será subvencionable si se ha llevado a cabo la sub-acción programada que origina el gasto en el periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2027 y el 31 de diciembre de 2027 y ha sido efectivamente pagada antes del 14 de febrero de 2028.»
Documento de la convocatoria en español · Orden promovino ISV FEAGA 2028 (firma)… · pág. 7Los gastos administrativos no pueden superar el 4 % del total de costes subvencionables del programa ejecutado
«Los gastos administrativos siempre y cuando no superen el 4 % del total de los costes subvencionables del programa ejecutado.»
Documento de la convocatoria en español · Orden promovino ISV FEAGA 2028 (firma)… · pág. 7Los gastos de personal no pueden superar el 20 % del total de costes subvencionables de las acciones ejecutadas
«La suma de los gastos de personal no podrá superar el 20 % del total de los costes subvencionables de las acciones ejecutadas»
Bases reguladoras: Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula… · pág. 57La ayuda por mercado de un tercer país tiene una duración máxima de tres años (hasta nueve años consecutivos con dos prórrogas)
«La duración máxima de la ayuda, de acuerdo con la definición establecida en el artículo 2.24 de las bases reguladoras, será de tres años.»
Documento de la convocatoria en español · Orden promovino ISV FEAGA 2028 (firma)… · pág. 8
Cuánto da
Porcentaje de los gastos subvencionables que se determine en Conferencia Sectorial, dentro de los límites del artículo 59.7 del Reglamento (UE) 2021/2115; la ayuda solicitada por cada empresa vinícola no puede superar el 5 % del presupuesto total de la intervención de promoción
«La cuantía máxima de ayuda solicitada por empresa vinícola no podrá superar el 5% del presupuesto total destinado a la intervención de promoción»
Documento de la convocatoria en español · Orden promovino ISV FEAGA 2028 (firma)… · pág. 5
- Cómo se concede
- En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
- Minimis
- No se acoge a minimis
- Compatibilidad
- Incompatible con cualesquiera otras subvenciones para la misma finalidad y objeto de otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales; tampoco se financian con la ISV actuaciones de los PDR ni los programas de información y promoción del Reglamento (UE) 1144/2014
Qué financia
- Acciones de promoción, publicidad y relaciones públicas en terceros países (misiones comerciales, campañas publicitarias, promociones en puntos de venta, portales web y redes sociales, misiones inversas, oficinas de información, gabinete de prensa)
- Presentaciones de producto, catas y degustaciones
- Participación en ferias y exposiciones internacionales (incluido alquiler de espacio, decoración del stand y actividades paralelas)
- Encuentros empresariales, jornadas y seminarios sobre regímenes de calidad de la Unión
- Estudios de mercados nuevos o existentes y estudios de evaluación de resultados
- Preparación de expedientes técnicos, pruebas de laboratorio y requisitos de importación de terceros países
Gastos que cubre
- Honorarios de intérprete con titulación oficial y personal externo contratado para la acción
- Costes de viaje en clase turista, alojamiento y manutención mediante dietas (sin gastos de cancelación)
- Muestras y material promocional, incluido su transporte
- Gastos de publicidad en medios extranjeros y planes de medios
- Alquiler de espacio y decoración de stand en ferias
- Gastos administrativos del beneficiario, hasta el 4 % de los costes subvencionables del programa ejecutado
- Gastos de personal vinculados al programa, hasta el 20 % de los costes subvencionables de las acciones ejecutadas
- Certificado de los estados financieros emitido por auditor externo independiente
Plazo
Desde el día siguiente a la publicación del extracto (23 de septiembre de 2026) hasta las 14:00 horas del 9 de diciembre de 2026
«Los interesados podrán presentar su solicitud desde el día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León hasta las 14:00 horas del día 9 de diciembre de 2026.»
Extracto (BOCYL. B.O. DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN): EXTRACTO de la Orden de 2…
Cómo se pide
Sede electrónica de la Junta de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es), aplicación «Promoción Productos Vinícolas Externa 2027», con DNI electrónico o certificado electrónico
- Formulario de identificación del beneficiario y del programa (anexo I de la orden / anexo XXIII de las bases)
- Poder o acuerdo del órgano competente que acredite la capacidad legal de quien firma, en su caso
- Escrituras o estatutos y documento de inscripción en el registro correspondiente, en su caso
- Certificado de entidad financiera sobre disponibilidad de fondos para la parte cofinanciada
- Documentos que acrediten que los costes no superan los precios de mercado (comparación de ofertas)
- Solicitud de autorización de subcontratación, en su caso
- Acreditación del cumplimiento de plazos de pago de la Ley 3/2004 si la ayuda supera 30.000 €
- Declaración de pertenencia a un grupo de sociedades y datos de la dominante, en su caso
- Solicitud de prórroga del programa, en su caso
Qué obliga a hacer
- Comunicar la aceptación de la subvención en el mes siguiente a la notificación y justificar el depósito de una garantía de buena ejecución de al menos el 15 % del montante anual de la financiación de la Unión Europea
- Ejecutar al menos el 50 % del presupuesto total del programa aprobado; por debajo se ejecuta la garantía íntegra
- Pagar todas las acciones del programa desde una cuenta bancaria única dedicada exclusivamente a este fin y titularidad del beneficiario
- Justificar los gastos y solicitar el pago antes del 14 de febrero de 2028
- Comunicar las modificaciones del programa y solicitar autorización para las modificaciones mayores
- Asegurar la conformidad del material promocional con la normativa de la Unión y del tercer país, con prueba de llegada a destino
- Incluir el emblema de la Unión Europea y la mención «Financiado por la Unión Europea» en el material promocional
- Someterse a los controles administrativos y sobre el terreno y conservar la documentación justificativa
Documentos oficiales
- Extracto (BOCYL. B.O. DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN): EXTRACTO de la Orden de 21 de septiembre de 2026, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Política Ambiental, por la que se convocan, para el año 2027, ayudas para las actividades de promoción y comunicación de productos vinícolas en mercados de terceros países
- Documento de la convocatoria en español · Orden promovino ISV FEAGA 2028 (firma).pdf
- Bases reguladoras: Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común
- Convocatoria 930742 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Guías para prepararla
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