Subvenciones para la realización de cortometrajes en Castilla y León 2026
Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (Junta de Castilla y León) · Castilla y León
- Plazo
- Cerrada el 2 de noviembre de 2026
- Cuánto
- Hasta 25.000 €
- Tipo
- Subvención
Subvención en concurrencia competitiva para financiar la realización de cortometrajes (preproducción, producción, distribución y promoción) por productoras cinematográficas o audiovisuales privadas con domicilio, sede o establecimiento en Castilla y León. Cubre hasta el 75 % del presupuesto del proyecto, con un máximo de 25.000 € por proyecto, y el beneficiario debe aportar al menos el 10 % con fondos propios; dotación total de 143.750 €. Se valora el guion, la vinculación con Castilla y León, la viabilidad y la trayectoria, con una puntuación mínima de 50 puntos. Plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente a la publicación del extracto (9 de octubre de 2026).
Quién puede pedirla
Empresas, personas físicas o jurídicas privadas, que sean productores cinematográficos o audiovisuales y tengan su domicilio o sede social permanente, o una sucursal o establecimiento permanente abierto al público, en Castilla y León. También las agrupaciones de empresas, con o sin personalidad jurídica, de las que al menos una esté ubicada en Castilla y León, actuando mediante representante con poderes bastantes.
«Las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas privadas, que sean productores cinematográficos o audiovisuales»
Documento de la convocatoria en español · ORDEN_CORTOMETRAJES_2026.pdf · pág. 4
Sectores: cultura, deporte y ocio.
Requisitos
De la empresa
Ser empresa privada (persona física o jurídica privada, no entidad pública)
«Las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas privadas, que sean productores cinematográficos o audiovisuales»
Documento de la convocatoria en español · ORDEN_CORTOMETRAJES_2026.pdf · pág. 4Ejercer la actividad de producción cinematográfica o audiovisual
«que sean productores cinematográficos o audiovisuales»
Documento de la convocatoria en español · ORDEN_CORTOMETRAJES_2026.pdf · pág. 4Tener el domicilio o sede social permanente, o una sucursal o establecimiento permanente abierto al público, en Castilla y León
«que tengan su domicilio o sede social permanente, o una sucursal o establecimiento permanente abierto al público en la Comunidad de Castilla y León»
Documento de la convocatoria en español · ORDEN_CORTOMETRAJES_2026.pdf · pág. 4No estar incurso en ninguna de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
«No podrán obtener la condición de beneficiarios aquellos en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre»
Documento de la convocatoria en español · ORDEN_CORTOMETRAJES_2026.pdf · pág. 5Acreditar el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, o la no sujeción o exención de esa obligación
«ni quienes no acrediten el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, o la no sujeción a la misma, o, en su caso, la exención de dicha obligación»
Documento de la convocatoria en español · ORDEN_CORTOMETRAJES_2026.pdf · pág. 5No ser empresa en crisis conforme al artículo 2.18 del Reglamento (UE) 651/2014
«No podrán tener la condición de empresa en crisis en relación con lo dispuesto en el apartado 18 del artículo 2 del Reglamento (UE) n. º 651/2014»
Documento de la convocatoria en español · ORDEN_CORTOMETRAJES_2026.pdf · pág. 5Estar al corriente de las obligaciones frente a la Seguridad Social (y tributarias, salvo que se autorice la consulta)
«Certificación acreditativa de que el solicitante se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social y/o declaración responsable»
Documento de la convocatoria en español · ORDEN_CORTOMETRAJES_2026.pdf · pág. 10No tener deudas ni sanciones de naturaleza tributaria en período ejecutivo con la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León
«todos los solicitantes tendrán que acreditar que no mantienen deudas o sanciones de naturaleza tributaria en período ejecutivo con la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León»
Bases reguladoras: Orden CYT/774/2020, de 20 de agosto, por la que se establecen… · pág. 5Ser titular de los derechos de propiedad de la obra audiovisual en la medida necesaria para su explotación y comercialización (vale también si la titularidad está distribuida entre coproductores)
«Las empresas que concurran deberán ser titulares de los derechos de propiedad de las obras audiovisuales producidas en la medida que sean necesarios para la explotación y comercialización de tales obras»
Documento de la convocatoria en español · ORDEN_CORTOMETRAJES_2026.pdf · pág. 5
Del proyecto o el gasto
El proyecto debe ser un cortometraje de 59 minutos de duración máxima
«Se considera cortometraje la película cinematográfica, en cualquier soporte o medio, con una duración máxima de cincuenta y nueve minutos.»
Documento de la convocatoria en español · ORDEN_CORTOMETRAJES_2026.pdf · pág. 2Solo se admite una solicitud por solicitante, con un único proyecto subvencionable
«Se presentará una única solicitud por solicitante que incluirá un único proyecto subvencionable.»
Documento de la convocatoria en español · ORDEN_CORTOMETRAJES_2026.pdf · pág. 4El proyecto no puede ser de contenido esencialmente publicitario o propaganda política, ni estar calificado «X», ni vulnerar la normativa de propiedad intelectual, ni haber sido declarado delito por sentencia firme, ni estar producido por empresas con deudas laborales
«No serán objeto de subvención las obras cinematográficas o audiovisuales, que se indican a continuación, según lo establecido en los apartados c), d), e), f) y g) del artículo 19.2 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine»
Bases reguladoras: Orden CYT/774/2020, de 20 de agosto, por la que se establecen… · pág. 2Las actuaciones y sus gastos deben realizarse entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027, ambos inclusive
«deberán haberse realizado en el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027, ambos inclusive.»
Documento de la convocatoria en español · ORDEN_CORTOMETRAJES_2026.pdf · pág. 22El beneficiario debe financiar con fondos propios al menos el 10 % del importe total de la actividad subvencionada (hay que acreditar saldo bancario del 10 % del presupuesto del proyecto)
«El beneficiario deberá financiar con fondos propios al menos el 10% del importe total de la actividad subvencionada.»
Documento de la convocatoria en español · ORDEN_CORTOMETRAJES_2026.pdf · pág. 7
Cuánto da
Hasta el 75 % del presupuesto total del proyecto, con un límite máximo de 25.000 € por proyecto; el beneficiario debe financiar con fondos propios al menos el 10 % del importe total de la actividad subvencionada
«ninguna de las subvenciones que se conceda podrá superar el 75% del presupuesto total del proyecto, con el límite máximo de 25 000 euros por proyecto.»
Extracto (BOCYL. B.O. DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN): EXTRACTO de la Orden de 7…
- Presupuesto total
- 143.750 €
- Cómo se concede
- En concurrencia competitiva: se puntúan las solicitudes
- Minimis
- Sí: como mucho 300.000 € en ayudas de minimis en tres años
- Compatibilidad
- Compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad de cualquier Administración o entidad pública o privada, nacional, de la Unión Europea o internacional, excepto las otorgadas por la Junta de Castilla y León; el importe total no puede superar el coste de la actividad subvencionada
Qué financia
- Realización de cortometrajes cinematográficos de hasta 59 minutos de duración
- Gastos de preproducción: guion, autoría y derechos, localizaciones, casting, teaser o maqueta
- Gastos de producción: escenografías, alquiler de estudios y sets, vestuario, atrezo, maquillaje, música, sonido, iluminación, laboratorio, etalonaje y copia máster
- Gastos de distribución, promoción y publicidad, incluida la presencia en festivales y mercados y la página web
- Gastos generales de personal, viajes, alojamiento, manutención, gastos corrientes y amortización de bienes de equipo
Gastos que cubre
- Gastos generales de personal de los profesionales que participan en el proyecto (remuneraciones y seguridad social), hasta el 35 % del importe total de la subvención concedida
- Viajes, alojamiento y manutención del personal artístico y técnico, con billetes en clase turista, y transporte de equipos
- Preproducción: desarrollo del guion, autoría de textos y adaptaciones, derechos de autor, búsqueda de localizaciones, selección del elenco y elaboración de maqueta o teaser
- Producción: escenografías, alquiler de estudios, sets y salas de montaje, vestuario y atrezo, peluquería, maquillaje, efectos especiales, música, sonido, iluminación, laboratorio, doblaje, subtitulado, grafismo, copia máster, discos duros, etalonaje y alquiler de locales y vehículos
- Distribución, promoción y publicidad: materiales divulgativos, copias para promoción, acreditación y presencia en festivales y mercados, web
- Gastos corrientes (luz, agua, teléfono, calefacción, seguros, asesoramiento fiscal y jurídico, alquiler de oficinas, reprografía, material de oficina y envíos), hasta el 15 % del coste total del proyecto
- Gasto anualizado en bienes de equipo, con cuadro de amortización; en renting o leasing, la cuota anual sin gastos financieros
Plazo
Quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el BOCYL (publicado el 9 de octubre de 2026)
«será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de este extracto de la convocatoria»
Extracto (BOCYL. B.O. DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN): EXTRACTO de la Orden de 7…
Cómo se pide
Registro electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, a través de la sede electrónica https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es, con DNI electrónico o certificado electrónico admitido por la Junta
- Solicitud en el modelo normalizado «Solicitud de subvención destinada a financiar la realización de cortometrajes»
- Escritura de constitución o modificación inscrita en el Registro Mercantil o registro correspondiente, con estatutos actualizados
- Escritura de apoderamiento inscrita, si el representante no figura en la escritura de constitución
- Formulario de otorgamiento de representación firmado, si el solicitante es persona física
- Certificación o declaración responsable de estar al corriente con la Seguridad Social
- Certificación de la AEAT o declaración responsable de estar al corriente de las obligaciones tributarias
- Certificado de situación en el Censo de Actividades Económicas de la AEAT (o exención o último recibo)
- Declaración de compromisos de cada miembro, en el caso de agrupaciones sin personalidad jurídica
- Certificado bancario que acredite un saldo del 10 % del presupuesto del proyecto (para cada coproductor, el 10 % de su aportación)
- Documentación acreditativa de las contrataciones de personas con discapacidad o de la exención, en su caso
- Guion de la producción
- Formulario «Memoria resumen del cortometraje» (estructura, personajes, tramas, aspectos artísticos y técnicos, novedad, valores y vinculación con Castilla y León, viabilidad y trayectoria)
- Declaración responsable del rodaje en municipios del Anexo I o de menos de 5.000 habitantes, en su caso
- Formulario de datos de carácter personal del director, productor y equipo artístico y técnico
- Presupuesto total y detallado de la producción según el formulario normalizado
- Documentación acreditativa del plan de financiación, en su caso
- Copia del DNI del director o productor menor de 35 años, en su caso
- Acreditación de premios y exhibiciones en festivales, en su caso
- Acreditación de cortometrajes o largometrajes realizados en los últimos cinco años, en su caso
Qué obliga a hacer
- Ejecutar el cortometraje y realizar los gastos entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027, y justificar hasta el 31 de agosto de 2027 mediante cuenta justificativa (memoria de actuación, memoria económica, facturas y justificantes de pago, declaración de ayudas de minimis y relación de fondos propios)
- Entregar a la Filmoteca de Castilla y León, en los doce meses siguientes a la publicación de la resolución, una copia completa y definitiva de la obra (DCP abierto o copia nueva) y un archivo MP-4 o MOV, sin uso comercial ni préstamo a terceros
- Hacer visible que la actuación está financiada por la Junta de Castilla y León en publicaciones, catálogos, folletos, carteles y material promocional, comunicando previamente a la Dirección General de Políticas Culturales el contenido de los elementos promocionales
- Destinar los bienes inventariables al fin de la subvención durante cinco años (bienes inscribibles en registro público) o dos años (resto)
- Desarrollar la actividad con respeto a los principios de objetividad, neutralidad institucional, pluralismo y servicio al interés general, sin adoctrinamiento ideológico ni propaganda política
- No subcontratar más del 25 % del importe de la actividad y respetar los límites del artículo 29 de la Ley 38/2003, incluida la prohibición de contratar con entidades vinculadas sin autorización expresa
- Someterse a las verificaciones y al control de la Administración y al régimen de reintegro en caso de incumplimiento
Documentos oficiales
- Extracto (BOCYL. B.O. DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN): EXTRACTO de la Orden de 7 de octubre de 2026, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan subvenciones, correspondientes al año 2026, destinadas a financiar la realización de cortometrajes
- Documento de la convocatoria en español · ORDEN_CORTOMETRAJES_2026.pdf
- Bases reguladoras: Orden CYT/774/2020, de 20 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar la realización de cortometrajes.
- Convocatoria 933899 en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
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